119
PERSONAS hicieron el cambio de sexo, hasta la fecha, según la adjunta de la Defensoría del Pueblo, Tamara Nuñez del Prado.
Mediante un instructivo el Tribunal Supremo Electoral (TSE) autoriza el matrimonio civil de personas transexuales y transgénero en el país a sola presentación del documento que acredite su cambio de sexo.
"Las personas transexuales y transgénero que efectuaron el cambio regulado por la Ley 807 de Identidad de Género podrán contraer matrimonio civil, sin necesidad de ningún otro requisito y/o procedimiento, solo bastará con la presentación del documento que acredite su cambio de sexo, previo cumplimiento de los requisitos y procedimientos para el mismo", dice el instructivo firmado por Katia Uriona, presidenta del TSE.
Recuerda que por la ley de Identidad de Género, vigente desde el 21 de mayo de 2016, se regula el cambio de nombre propio y los datos de sexo e imagen. "Las personas transexuales y transgénero gozan de todos los derechos, incluidos los sociales y económicos donde se encuentra incluido el instituto del matrimonio", agrega.
La adjunta de la Defensoría, Tamara Nuñez del Prado, dijo que se espera que en todo el país, al menos, tres mil personas hagan el cambio de sexo, pero persisten las trabas administrativas para cumplir con los requisitos exigidos por la ley.
Según el instructivo del TSE, el Servicio de Registro Cívico (Sereci) está habilitada para registrar el matrimonio civil de personas transexuales y transgénero, competente para la administración del registro de las personas naturales, en cuanto a nombres y apellidos, su estado civil, filiación, nacimiento, hechos vitales y defunción.
La ley de Identidad de Género permite a personas transexuales y transgénero mayores de 18 años hacer el cambio de nombre y de género en sus documentos personales en un trámite de carácter confidencial ante el Sereci.
El proceso administrativo para modificar la identidad de género incluye: presentación de una carta de solicitud; examen psicológico; certificado de nacimiento original; certificado de datos personales emitido por el Servicio General de Identificación Personal (Segip) sin observación; certificado de libertad de estado civil y certificado de descendencia expedidos por el Sereci; certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (Rejap); y una fotografía actualizada.
