DIFERENCIA
El aguinaldo se debe pagar a los trabajadores que hayan estado tres meses en su fuente laboral o, al menos, un mes en el caso de obreros.
El Ministerio de Trabajo confirmó ayer viernes que los empresarios tienen hasta el jueves 20 de diciembre para hacer el pago del Aguinaldo de Navidad de la gestión 2018. Agrega que las planillas de la cancelación del beneficio a los trabajadores deben ser presentadas hasta el 31 de diciembre.
El Ministerio de Trabajo hizo público el instructivo Nº 81/18 para el pago del Aguinaldo de Navidad para este año. El beneficio, que corresponde a un mes de sueldo, salario o remuneración, debe ser cancelado en el sector público y privado hasta el 20 de diciembre, impostergablemente; caso contrario, los infractores deberán pagar el doble del monto.
El monto del pago a los trabajadores se calcula en base al promedio de los tres últimos salarios, mientras que en el caso de los obreros que hayan trabajado un mes la base es la remuneración de ese periodo.
Se aclara, que si el trabajador no estuvo los 12 meses completos en la fuente laboral, su pago se realizará por duodécimos en proporción al tiempo trabajado.
El segundo aguinaldo no entra en este instructivo. Un reglamento especial para ese beneficio está en discusión entre el Gobierno y los empresarios.
La confirmación de la fecha del pago del aguinaldo de Navidad llega en medio de negociaciones que sostiene el Gobierno con los empresarios privados sobre el pago del doble aguinaldo "Esfuerzo por Bolivia".
El Ejecutivo presentó tres propuestas al sector empresarial, que, pese a las negociaciones, sostienen que este beneficio debe anularse.
La COB rechazó las tres propuestas presentadas por el Gobierno y ha exigido al Gobierno que el pago del doble aguinaldo se cancele de acuerdo con la fecha que establece el Decreto Supremo 1802, vale decir hasta el 30 de diciembre.
