Uno de los primeros efectos del levantamiento de la subvención al precio del diésel ha sido la elevación indiscriminada de pasajes, tanto para el transporte urbano como el interdepartamental. En el área urbana, las variaciones fueron reportadas en la mayoría de las ciudades grandes, con excepción de Santa Cruz, donde solo se vive un paréntesis. El incremento afecta directamente a los buses que utilizan el diésel como carburante, puesto que sus actores han visto súbitamente incrementada su hoja de costos.
El caos desatado en el fin de semana no es simplemente la consecuencia de la elevación del precio del diésel, sino de una inadecuada —o inexistente— política de transporte público. Como el sector está en manos privadas los gobiernos poco o nada han hecho para ajustar los mecanismos de regulación. El gobierno de Rodrigo Paz, incluso, ha llegado al punto de permitir elevaciones abusivas en el transporte interdepartamental mucho antes del levantamiento de la subvención.
Lo ocurrido revela, además, que Bolivia tiene una norma que no se aplica adecuadamente: La Ley 165, Ley General de Transporte, establece que las tarifas deben considerar los costos reales de operación y la prestación eficiente del servicio. El artículo 228 dispone que la autoridad competente debe realizar estudios de costos reales y eficiencia para fijar las tarifas y actualizar estas cuando varían los precios de los insumos.
Por tanto, el incremento del precio del diésel justifica una revisión de las tarifas, pero no una elevación arbitraria. La diferencia es fundamental. La ley no autoriza al transportista a establecer por su cuenta cuánto debe pagar el pasajero.
El artículo 230 determina, además, quién debe aprobar las tarifas: los gobiernos municipales para el transporte urbano, los gobiernos departamentales para el interprovincial e intermunicipal y el nivel central para el interdepartamental. La responsabilidad, entonces, no corresponde exclusivamente a los choferes ni puede ser eludida por las autoridades.
El problema es que los gobiernos suelen intervenir cuando el conflicto ya está en las calles. Se espera el paro, la protesta o el incremento unilateral para recién convocar a reuniones. Una verdadera política de transporte debería anticiparse a esas situaciones mediante estudios periódicos de costos y mecanismos transparentes de actualización.
Tampoco sería razonable exigir que los transportistas absorban indefinidamente un aumento sustancial de sus costos. Pero tampoco corresponde trasladar automáticamente todo el incremento del combustible al usuario. Para eso existen los estudios técnicos: para establecer cuánto representa realmente el diésel dentro del costo total de operación y cuál debe ser la tarifa resultante.
Y hay algo que no debería olvidarse. La tarifa no solamente debe cubrir costos. El transporte público tiene obligaciones de calidad, seguridad, rutas, horarios y frecuencias. La Ley 165 también establece mecanismos para fiscalizar su cumplimiento. Si el pasajero debe pagar más, tiene derecho a recibir un servicio acorde con ese precio.
Lo que está ocurriendo debería ser la oportunidad para discutir seriamente el transporte público en Bolivia. No basta con negociar cada cierto tiempo un nuevo pasaje. El Estado delegó la prestación del servicio en operadores privados, pero no puede delegar su obligación de regularlo.
El precio del diésel cambió y las tarifas tendrán que ser revisadas, pero esa revisión debe hacerse con números, estudios y transparencia, no mediante presiones ni decisiones improvisadas. La Ley 165 ya establece el procedimiento. Lo que ha faltado, hasta ahora, es voluntad para aplicarlo.
De lo contrario, Bolivia seguirá teniendo no una política de transporte público, sino una sucesión de conflictos en los que el pasajero termina pagando la factura.
