La Confederación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia y las Asambleas de Dios de Bolivia que agrupa a varias iglesias cristianas, se declararon en estado de emergencia nacional por algunos artículos del Código de Sistema Penal, identificados como atentatorios al ejercicio de su labor por la ambigüedad e impresión de sus contenidos.
El comité ejecutivo de la prensa identificó a los artículos 309, 310 y 311 referidos a la injuria, calumnia y difamación, incluyendo a los medios de comunicación en el texto penal y el artículo 195 (delitos contra la libertad de expresión de prensa) relativo a la “revelación de secretos”, vulnerando le Ley de Imprenta y la misma Constitución Política del Estado.
“No permitiremos bajo ningún pretexto acciones que afectarían directamente a las libertades y principios en los que se rige la prensa nacional”, dice el comunicado.
Afirma que la libertad de expresión no es un concesión del Estado sino un derecho humano, mediante el cual los ciudadanos ejercen su derecho a recibir, difundir y buscar información, por lo que la censura previa, obstrucción, dictadura directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida, debe estar prohibida.
