Las elecciones para la renovación del directorio del Comité Cívico Potosinista (Comcipo) fueron ilegales, puesto que no se realizaron conforme a la resolución constitucional 072/2023, así que sus resultados, que coronaron ganador al frente de Edgar Borht, también son nulos de pleno derecho.
Esa es la conclusión a la que se llega al leer, en detalle, la referida resolución judicial que fue emitida el 21 de noviembre de 2023 por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de Potosí, integrado entonces por los vocales Lourdes Choque Condori y Ronald Martín Baldivieso Flores que así resolvieron un amparo constitucional que fue interpuesto por Gabriel Guerrera Limachi, Marcos Quispe Caba, Javier Choque Villca y Edgar Jesús Talavera Cervantes en contra de la presidenta y vicepresidente de Comcipo, Roxana Graz y Nelson Gutiérrez, además de otras 25 personas.
Los accionantes; es decir, Guerrera y las otras tres personas, presentaron el amparo como integrantes del comité electoral posesionado el 16 junio de 2023 debido a que Comcipo había elegido a otra instancia de ese tipo. “Han sido posesionados el 16 de junio de 2023 como Comité Electoral del Comité Cívico Potosinista ´COMCIPO´, habiéndose desarrollado actividades hasta el 08 de septiembre de 2023, momento en el cual fueron anoticiados que se les hubiera conminado a dejar el cargo sin ningún tipo de fundamento u orden legal, empero días después a través de una reunión unilateral de los ahora accionados se habría determinado designar otro Comité Electoral paralelo designado sin ningún tipo de formalismo, sino solo por el capricho de los accionados”, dijeron los accionantes en su amparo constitucional.
El argumento de Guerrera y los otros era que el comité electoral del que formaban parte había sido válidamente elegido en un consejo consultivo, así que no podían ser reemplazados por otro.
LA DECISIÓN
La resolución constitucional 072/2023 dispuso que “se conceda la tutela solicitada, ordenando se deje sin efecto la designación de un nuevo Comité Electoral, advertidos de la vulneración de los derechos y garantías constitucionales”, así que les dio la razón a las accionantes, pero solo en la parte que corresponde a la vigencia del anterior comité electoral.
Eso significa que debió reponerse a todo el comité electoral, que estaba integrado por nueve personas: Sebastián Jesús Sánchez, Gabriel Guerrera Sonia Ramírez, Marcos Quispe Caba, Víctor Vigabriel, Néstor Calle, Javier Choque Villca Rosso Laurean y Edgar Talavera. La ilegalidad está en el hecho de que Guerrera condujo el proceso electoral, prescindiendo de Jesús.
Sebastián Jesús renunció a su presidencia, pero la resolución constitucional dice que su renuncia debió ser considerada por el consejo consultivo. “La renuncia debía estar dirigida y debía existir necesariamente una renuncia escrita ¿a quién? a la autoridad competente ¿quién es la autoridad competente? el Consejo Consultivo, pues una renuncia necesariamente debe ser considerada y en todo caso debe merecer una respuesta”, dice el documento.
Sin Jesús como presidente, y el resto del comité electoral, las elecciones de Comcipo fueron nulas de pleno derecho.
