La ley 3729 "Para la prevención del VIH Sida", establece la obligatoridad de que las mujeres que realizan la actividad sexual comercial se registren en los programas departamentales y accedan al carnet sanitario.
Sin ese requisito, ninguna mujer puede trabajar en el comercio sexual ya que podrá ser detenida y procesada por atentado a la salud pública.
Actualmente, muchas mujeres ingresan a la actividad secual comercial sin contar con el carnet sanitario, poniendo en riesgo la salud de la población que accede a ese servicio.
El director del Programa Departamental VIH-Sida en Potosí, Claudio Rengifo, reconoce que están proliferando los avisos de servicio sexual en las redes sociales, lo cual no cuenta con ningún tipo de control y constituye un riesgo para la gente.
“Hay personas que, aprovechando el tema informático, están poniendo anuncios a través de sus "face" para captar clientes y lo único que nos queda frente a esta situación es reflexionar a los clientes, a las personas del sexo masculino, que cuando estén en esta situación, exijan la libreta de salud y no están habilitadas para ejercer esa actividad. Pueden ser portadoras de VIH, pueden ser portadoras de hepatitis virales, pueden ser portadoras de sífilis y de tantas enfermedades de transmisión sexual”, destacó Rengifo.
El médico anvirtió que una persona que accede al servicio sexual comercial ilegal se pone en riesgo ya que la mujer puede ser portadora de VIH-Sida, sífilis, gonorrea, hepatitis virales y muchos males que podrían ser contagiados al "cliente".
El responsable del programa VIH-Sida apuntó que cualquier mujer puede desarrollar la actividad sexual comercial pero siempre y cuando acceda a su registro y, cuente con el carnet sanitario, de lo contrario, se pone en riesgo y pone en riesgo a muchas personas que eventualmente podrían constituirse en sus contratantes.