ART. 281 BIS
Trata y tráfico de personas es un delito que establece una privación de libertad de 10 a 15 años por vulnerar derechos de las personas.
Las denuncias contra subditos chinos por trata y tráfico de personas denunciados el pasado año no fueron a juicio pese a haber evidenciado la comisión del delito en flagrancia.
La directora departamental de Trabajo, Eulogia Flores, dio a conocer que en la gestión 2016 se denunció a dos súbditos chinos por la comisión del delito de trata y tráfico de personas existiendo suficientes indicios de la comisión de ese delito.
En uno de los casos se halló a tres menores encerradas en una chifa de la zona alta de la ciudad y sobre esa base se buscó el procesamiento de los infractores pero el Ministerio Público habría realizado observaciones a la demanda que terminó siendo cerrada.
Eulogia Flores lamentó que no exista cooperación entre autoridades para buscar la sanción a los responsables de un delito que es considerado grave en la legislación boliviana.
Los dos casos denunciados el pasado año habían sido probados plenamente y se quería lograr una sanción para esos ciudadanos que vienen del exterior y contratan menores, les hacen trabajar más de 10 horas al día, les pagan sumas miserables y de paso no les dejan en libertad de salir del lugar de trabajo cuando ellas lo decidan.
No se pudo lograr la versión del Ministerio Público porque el titular de esa institución, Fidel Castro, se encontraba participando en una audiencia.
MÁS CASOS
En pasadas horas se conoció que súbditos chinos explotan laboralmente a menores así lo informó la titular de la Defensoría del Menor y la adolescencia, Silvia Calvo.
En una chifa de la zona central se encontró a tres menores que trabajaban sin permiso de sus padres, con un salario menor al mínimo nacional, con más de ocho horas de actividad laboral, "cama adentro" y durmiendo en condiciones de hacinamiento.
