El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) determinó que las altas autoridades del Estado: presidente, vicepresidente, magistrados judiciales y constitucionales y fiscal general del Estado, procesados en juicios de responsabilidades, tendrán derecho a la apelación en las sentencias en la vía penal. Ordenó a la Asamblea Legislativa Plurinacional que en un plazo de seis meses modifique la Ley de Juicio de Responsabilidades, que es contraria a la Convención Americana y vulnera derechos de los procesados.
La Sentencia Constitucional 0075/2024, del 20 de noviembre del año pasado, declara inconstitucionales las frases “y en única instancia” y “sin recurso ulterior” contenidas en los artículos 18.I de la Ley para el Juzgamiento del presidente, vicepresidente, altas autoridades judiciales, constitucionales y del Ministerio Público, por ser contrarias a la Constitución Política del Estado y a las normas convencionales de derechos humanos.
La ley vigente que regula los juicios de responsabilidades en Bolivia establece que el TSJ actúa en “única instancia” y que no existe “recurso ulterior” para revisar su determinación en los procesos contra altas autoridades, lo que, según el TCP, va en contra de los derechos estipulados en el sistema interamericano de justicia, al que está suscrita Bolivia.
Además, la sentencia señala que, una vez reformada la ley, los tribunales de primera instancia deberán asumir las causas en el estado en que se encuentren, sin retrotraer los actuados previos.
