La Sala Constitucional Primera de La Paz determinó denegar la Acción de Cumplimiento, con que Jeanine Áñez pretendía ser procesada en juicio de responsabilidades y no así en la vía ordinaria.
Los accionados en este caso eran el vicepresidente David Choquehuanca y la Comisión de Justicia de la Asamblea Legislativa, con el objetivo de que cumplan su rol de tramitar el juicio de responsabilidades.
Sin embargo, en criterio de la Sala Constitucional no correspondía una Acción de Cumplimiento en el caso, sino una Acción de Amparo, porque se pretendía garantizar un derecho sobre la jurisdicción que correspondería a la exmandataria. “No estaría procediendo la Acción de Cumplimiento, esto en el entender, a criterio de esta Sala Constitucional, que al existir una posible afectación de derechos y de garantías, esto debería de corresponder a la vía de Amparo Constitucional”, explicó el abogado de Áñez, Luis Guillén.
