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Jueces cercanos a Evo Morales argumentan que la Corte IDH se excedió para decidir sobre la reelección indefinida

Ambos magistrados coinciden en uno de varios puntos que explican su disidencia, señalan acerca de la libre autodeterminación de los pueblos sobre la arquitectura de sus sistemas democráticos, evitando la injerencia externa en los asuntos internos de cada estado miembro. 

Jueces cercanos a Evo Morales argumentan que la Corte IDH se excedió para decidir sobre la reelección indefinida
Patricio Pazmiño, Evo Morales y Eugenio Zaffaroni. Foto: Internet

Al menos una decena de razones expusieron los magistrados Patricio Pazmiño Freire de Ecuador y Eugenio Zaffaroni de Argentina, ambos cercanos a Evo Morales, para argumentar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) no tenía competencia para determinar si la  reelección indefinida no es un derecho humano. 

Ambos magistrados coinciden en uno de varios puntos que explican su disidencia, señalan acerca de la libre autodeterminación de los pueblos sobre la arquitectura de sus sistemas democráticos, evitando la injerencia externa en los asuntos internos de cada estado miembro. 

"Lamentablemente, de la manera que estaba formulada, la pregunta conduce de manera riesgosa a cuestionar la arquitectura política y constitucional de nuestros países, intentando una suerte de unificación legislativa, afectando los derechos a la soberanía, autodeterminación y la no injerencia en los asuntos internos de los Estados, que son piedras angulares fundacionales de la Carta de la OEA", dice el párrafo 33 del documento que presentó Pazmiño ante el Tribunal. 

El pasado jueves, la Corte-IDH emitió un fallo de la Opinión Consultiva OC-28/21, donde señala que la reelección presidencial indefinida no es un derecho que esté protegido por la Convención Americana y precisó que esta figura afecta a la democracia representativa. 

Pazmiño presentó un documento de 11 hojas en el que menciona cuatro elementos: primero, la Corte analizó de forma insuficiente las razones para aprobar la admisibilidad de la solicitud de Opinión Consultiva, porque omitió pronunciarse sobre el caso “Fabio Gadea Mantilla respecto de Nicaragua”, que solicitó que no se admita la opinión Consultiva presentada por Colombia. 

Este documento estaba catalogado como un caso en etapa de fondo y contencioso a la jurisdicción de la Corte por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a partir del 5 de junio de 2021, fecha anterior al inicio de la deliberación de la presente Resolución. 

El segundo punto que menciona es que el Tribunal excedió su competencia consultiva al interpretar de manera directa provisiones de la Carta Democrática Interamericana, otorgándole rango de instrumento de derechos humanos, sin tener competencia y carecer de facultad para ello. 

Tercero, la reconducción de la segunda pregunta presentada por Colombia introdujo, de oficio, por parte del Tribunal, aspectos no contemplados por la solicitud. Que a su criterio menoscaba, así, el objeto de la solicitud de Opinión Consultiva. 

 

 

Zaffaroni 

Los fundamentos presentados por Zaffaroni van más allá de los temas jurídicos, pasa al plano político porque califica al gobierno de transición como anticonstitucional y que la reelección indefinida no está mal si este no quebranta la voluntad del pueblo de elegir a su gobernante a través de las urnas. 

La primera observación que hace es sobre la procedencia de la Opinión Consultiva, que a su criterio surge por el conflicto institucional que afectó al Estado boliviano y que hizo transitar por un régimen de no derecho, es decir con un gobierno que se instaló por un "golpe de Estado". Hecho que se resolvió en las elecciones de 2020 con la elección de Luis Arce. 

"No es posible ignorar que la instalación de ese régimen se generó con motivo de una elección puesta en duda por uno de los concurrentes y con una intervención internacional, por cierto, nada afortunada. Bajo ese régimen se dio muerte a civiles desarmados, se secuestró a ciudadanos, operaron grupos armados que asaltaron domicilios, se desconoció el derecho de gentes negando durante un año los salvoconductos de salida a personas bajo protección diplomática", resalta el punto cuatro de los argumentos del magistrado. 

Asimismo, afirma que la presidencia o mandato indefinido es claramente antidemocrática porque excluye las elecciones periódicas y, por ende, también de las reelecciones. Sin embargo, considera que el derecho internacional debe restringir la vieja práctica del gobernante vitalicio que se instituye a través de la descendencia u otros mecanismos dejando de lado el voto popular. 

Por lo que afirma que una reelección indefinida no necesariamente es antidemocrática porque requiere ineludiblemente el sometimiento periódico al voto popular, en el que no siempre se gana, aunque se ejerza el poder ejecutivo o se lo haya ejercido. 

Otro de los fundamentos que pone en la mesa Zaffaroni es sobre la prevención de los derechos humanos de un pueblo para elegir a su gobernante por tercera ocasión consecutiva, tomando en cuenta que trabaja por el bienestar de su población,  que no ejerce ningún sometimiento a los opositores y medios de comunicación. 

A su criterio, si se pone en la balanza esas acciones no se puede explicar cuál sería la razón para que esa reelección deba considerarse violatoria de la Convención Americana de Derechos Humanos, presumiendo que puede llegar a estar engañado, impidiéndole votar a ese candidato. 

"Cabe preguntarse ¿Qué razones habría para prohibirle a un Pueblo que vote por un presidente que quiera someterse al escrutinio popular por tercera vez, en el marco de un Estado que no persiga opositores, no tenga presos políticos, no viole sistemáticamente Derechos Humanos, respete la libertad de opinión, no proscriba partidos ni candidatos, las elecciones sean claras y transparentes y, además, mucho mejor si lo quieren votar porque en esa sociedad descienden el coeficiente de Gini y las líneas de pobreza y desempleo y aumenta el PBI (Producto Interno Bruto - PIB) ", cuestionó.

 

 

Cercanos al MAS 

El argentino Eugenio Zaffaroni fue presentado por el mismo Evo Morales el 2 de enero del 2020, como parte de su equipo de abogados internacionales que lo iban a defender de las acusaciones que el gobierno de Jeanine Añez le realizó por los presuntos delitos en torno a las elecciones anuladas del 2019. 

Días más tarde el 8 de enero, Zaffaroni celebró 80 años e invitó a Evo Morales a su cumpleaños que se realizó en Buenos Aires. 

Pazmiño, elegido como juez de la Corte IDH en 2016, recibió el respaldo del gobierno boliviano para que sea reelegido en el cargo para un nuevo periodo. No obstante, la Cancillería remitió en mayo una nota a la Organización de Estados Americanos (OEA) para retirar esa postulación.  

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