El Tribunal Supremo Electoral (TSE) remitió este lunes los casos de posibles faltas electorales cometidas por el candidato presidencial por la alianza opositora, Bolivia Dice No, Oscar Ortiz, la Federación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin) y cuatro medios de comunicación por difusión de propaganda electoral.
Según el procedimiento establecido, el informe del candidato Ortiz fue enviado al Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz que lo remitirá al juez correspondiente; mientras que el caso de Fencomin fue consignado a la Secretaria de Cámara del Órgano Electoral.
Respecto al caso del postulante presidenciable, la Comisión de Análisis del TSE -con base a la evaluación de reportes de monitoreo emitidos por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático- concluyó que con la difusión de un spot Ortiz y la televisora Unitel incurrieron en una falta electoral establecida en el inciso b del artículo 116 de la Ley 026 de Régimen Electoral.
Dicha disposición establece que la propaganda electoral se podrá realizar en los medios de comunicación 30 días antes de los comicios previstos para el 20 de octubre y hasta 72 horas antes de la jornada electoral.
En ese sentido, dicha comisión indicó que Ortiz "hubiera probablemente solicitado el voto" a través de mensajes pagados a la red Unitel.
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