El nuevo presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca, Ernesto Soliz, afirmó ayer que el resultado del referendo del 21 de febrero de 2016 es vinculante porque así lo estipulan la CPE y la Ley 026 de Régimen Electoral.
“La norma está ahí, es vinculante y la cual seguramente el Tribunal Supremo Electoral (TSE), de acuerdo a sus competencias, debe resolver esa situación”, declaró según el despacho del periodista Iván Ramos para Erbol.
Consultado si al ser vinculante se deben respetar los resultados, Soliz respondió: “eso es lo que dice la Constitución”. Sin embargo manifestó que será el TSE el que tome la última decisión sobre la inscripción de candidatos.
Sostuvo que los vocales del TSE son las autoridades competentes y llamadas por ley para resolver una solicitud de inscripción de candidatos para las elecciones de 2019.
De acuerdo al artículo 11 de la Constitución Política del Estado, la democracia se ejerce en forma directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa.
Mientras que el artículo 15 de la Ley 026, señala: “las decisiones adoptadas mediante Referendo, tienen vigencia inmediata y obligatoria, y son de carácter vinculante. Las autoridades e instancias competentes son responsables de su oportuna y eficaz aplicación”.
La pregunta aprobada por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo Electoral decía: “¿Usted está de acuerdo con la reforma del Artículo 168 de la CPE para que la presidenta o presidente y la vicepresidenta o vicepresidente del Estado puedan ser reelectas o reelectos por dos veces de manera continua?"
