CUMPLIMIENTO
Las oficinas regionales del ministerio de Trabajo se encargarán de velar por el cumplimiento de la norma que establece el incremento.
El ministro de Trabajo, Héctor Hinojosa, recordó ayer miércoles que el plazo para pagar el retroactivo del incremento salarial de este año vence el próximo 31 de mayo.
"Hasta el 31 de mayo todas las empresas y las instituciones deben pagar el retroactivo, esa es una fecha límite, a partir de ahí el Ministerio de Trabajo hará cumplir la normativa correspondiente", dijo.
El Gobierno decretó el 1 de mayo un incremento salarial del 7 % al haber básico y de 10,8 % al mínimo nacional.
El reglamento para el incremento dispone que el alza salarial se calcule en función al haber básico de 2016.
El 5 de mayo, la directora General del Trabajo, Elizabeth Molina confirmó que según el decreto 3161 es obligatorio subir el sueldo a quienes ocupan altos cargos en las empresas privadas. tampoco es obligatorio que las Gobernaciones, Alcaldías y Universidades paguen el incremento salarial a sus trabajadores.
