¿El legal es la “ch’alla” en instituciones públicas? El debate entre tradiciones y normativa reflotó este fin de semana, luego de que una asambleísta denunció el consumo de alcohol en las oficinas de su institución, la Asamblea Legislativa Departamental (ALD).
La denuncia fue hecha pública por la asambleísta Azucena Fuertes que mostró, mediante videos, que durante la mañana del viernes 28 de febrero hubo consumo de alcohol en oficinas de la ALD. Tras ver los videos, la presidenta de esa institución, Ximena Paillo, dijo que lo que hubo ese día fue la tradicional ceremonia de la “ch’alla” a las oficinas, que suele realizarse el viernes previo a los carnavales, pero desmintió que haya existido excesos. “No ha habido excesos, ni tampoco violencia, nada, nada, no se ha generado tampoco destrozo de bienes de la institución, nada. Es simplemente en día como otro día en carnavales: el día de (ch’allar en) oficinas. Hoy día ya se ha hecho en la Alcaldía, la Gobernación, yo sé que lo han hecho igual, así, con este respeto”.
En las imágenes se ve a personas con latas de cerveza en las manos y también hay varias de estas en el suelo. Aparentemente, la “ch’alla” se extendió a varias oficinas, porque se ve que la persona que filma ingresa a estas y en todas encuentra escenas similares.
LEGISLACIÓN
Si se considera que los inmuebles en los que funcionan las reparticiones públicas son bienes del Estado, consumir bebidas alcohólicas en estas es una vulneración a la ley. La representante departamental de la Defensoría del Pueblo, Jackeline Alarcón, dice que eso es uso indebido de bienes y servicios públicos, tipificado como tipo penal en el inciso 1) del artículo 25 de la Ley 004 de lucha contra la corrupción.
De igual manera, la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales señala, en el parágrafo a) del artículo 31 que “será civilmente corresponsable el superior jerárquico que hubiere autorizado el uso indebido de bienes, servicios y recursos del Estado o cuando dicho uso fuere posibilitado por las deficiencias de los sistemas de administración y control interno factibles de ser implantados en la entidad”.
