Las tarifas de micros y minibuses no solo deben fijarse en función a la variación de costos, sino también tomando en cuenta la calidad del servicio, advirtió el consultor Julio Mújica luego de la presentación del estudio realizado por la empresa Gerenssa.
“Los costos se toman en cuenta con los costos reales en base a la calidad de servicio, eficiencia y seguridad”, dijo el profesional en comunicación con este diario citando el artículo 44 y siguientes de la Ley General del Transporte.
Eso quiere decir que la exigencia es legal. Según dicha ley, los mecanismos de regulación tarifaria proceden “en función a factores de eficiencia, calidad y seguridad, medidos a través del cumplimiento de metas que vayan en beneficio de las usuarias y los usuarios”.
El estudio tarifario elaborado por la consultora Gerenssa incluye otros elementos, como el caos del transporte urbano, pero no se informó de esos detalles y la Alcaldía de Potosí no ha facilitado el documento hasta ahora.
Mújica, que estuvo presente en el momento de la presentación del informe, es licenciado en auditoría; ha sido oficial mayor administrativo y financiero de la Alcaldía y presidente del Tribunal Electoral Departamental. Actualmente trabaja como consultor independiente.
OBSERVACIONES
Los dirigentes vecinales no tienen conocimiento a detalle del estudio tarifario, pero por aquellos elementos que pudieron enterarse deducen que, debido a algunos intereses, se intenta beneficiar a los transportistas.
Indican que, entre las recomendaciones, el estudio señala que se debe mejorar el servicio, aunque no conocen cuáles son los aspectos que fueron identificados como fallas por parte de los encargados del estudio.
Los vecinos nunca vieron a personas de la consultora Gerenssa realizar el trabajo de campo para determinar cuántas personas utilizan una línea de punta a punta y cuántas entran y salen a lo largo de la misma.
Remarcan que, en las horas pico, los buses no llevan solo la cantidad de pasajeros sentados, sino que meten a gente parada en número superior a la cantidad de los asientos.
Con esas acciones, los choferes duplican sus ingresos y no corresponde definir un incremento de las tarifas porque, además de ganar más, seguirán prestando ese mal servicio en procura de sus intereses particulares.
Algunos dirigentes ya establecieron que formarán una alianza de organizaciones vecinales en defensa de la economía popular y no permitirán que suba un solo centavo de los pasajes de micros y minibuses.
Quieren que primero los transportistas cumplan sus obligaciones como prestadores de un servicio que es utilizado por miles de personas y recién se podría hablar del tema de las tarifas, pero en función a lo que definen las normas y no sobre la base de cómo actúa el transporte en la ciudad de Potosí.
Régimen tarifario
La Ley 165, General del Transporte, en su artículo 45 define los principios del régimen tarifario que deben ser la base de la regulación de los pasajes y que deben ser considerados antes de fijar una tarifa:
