
El proyecto “Construcción aducción sistema de agua potable Sacaya LLica”, aprobado recientemente por la Asamblea Legislativa Departamental (ALD) de Potosí viola la Ley 2029 de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, advirtió Jack Matijasevic, un economista potosino que trabaja como consultor en sostenibilidad.
La región en la que se emplazará el proyecto es en el sudoeste potosino, donde se evidencia la carencia de servicios de agua potable y alcantarillado, así que es obvio que su población necesita el proyecto, pero ni esa situación de necesidad, ni la condición de derecho humano que tiene el acceso al agua justifican que se viole la ley para aprobarlo, advierte.
El acceso al agua potable es un derecho humano, pero debe ser sustentable. De nada sirve si deja de funcionar luego de algún tiempo, porque no fue posible financiar su funcionamiento. La misma Ley 2029 dice, en su artículo 5, que, además de universalidad en el acceso a los servicios de agua potable, debe existir calidad, continuidad y sostenibilidad. Para eso, el inciso i) del artículo 8 de la referida norma establece la cuota, definida como el “aporte comunitario que entregan los usuarios a la organización conformada para la provisión de los servicios de agua potable o alcantarillado sanitario, en los pueblos indígenas y originarios, las comunidades indígenas y campesinas, las asociaciones, organizaciones y sindicatos campesinos, los comités de agua, cooperativas provinciales y urbanas”.
Para ponerlo más claro, la continuidad y la sostenibilidad de los servicios depende del pago que se haga por ellos, lo que la ley define como “cuota”, pero el informe de la Comisión de Desarrollo Económico de la ALD no menciona la Ley 2029, ni por si acaso.