El gerente regional de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol), Edgar Quintanilla, presentó este miércoles su particular visión respecto a la legislación en torno al Cerro Rico de Potosí: dijo que el Decreto Supremo 27787, que prohíbe operaciones mineras en la cúspide, está por debajo de la Ley 535, de Minería y Metalurgia.
En una entrevista con este diario, el gerente demostró que no tiene dominio de la parte jurídica porque dijo que hay "dualidad" entre la Ley 1197, que declara monumento nacional al Cerro Rico, y el decreto 27787. Cuando se le recordó que, en la escala de aplicación de las leyes, la Constitución Política del Estado está por encima de todas, recurrió al argumento de la prominencia de la Ley 535.
Los trabajos que algunas cooperativas realizan en la cúspide del Cerro Rico han provocado hundimientos y el agravamiento del deterioro del Cerro Rico. La Comibol no quiere ni considerar la posibilidad de rescindir los contratos de arrendamiento de las cooperativas que trabajan en esa zona, aunque sean ilegales bajo la óptica de la Ley 1197 y el decreto 27787.
La Ley 1197 dice que el Cerro Rico debe ser protegido "especialmente en la cima que visitó el Libertador Bolívar”.
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