Al menos, cuatro conductores de vehículos de la Asamblea Legislativa Departamental de Potosí están prohibidos de consumir bebidas alcohólicas por orden judicial.
La prohibición judicial fue emanada por la jueza quinta en lo penal del Tribunal Departamental de Justicia, Gladis Romero, en la audiencia de aplicación de medidas cautelares.
Los choferes fueron imputados por la comisión del delito de conducción peligrosa porque presuntamente conducían bajo efectos del alcohol los vehículos de uso oficial de la Asamblea.
Romero ordenó la presentación mensual de los conductores al Ministerio Público para firmar el libro de registro para garantizar la investigación que inició el Ministerio Público. También están prohibidos concurrir a locales de expendio de bebidas alcohólicas sea de día o noche.
El fiscal asignado a la investigación, Marcelo Sierra, dijo que los cuatro choferes de la Asamblea Legislativa Departamental se abstuvieron en declarar sobre el hecho.
Corroboró que los choferes, de acuerdo con el informe de análisis de sangre de alcoholemia, estaban conduciendo presuntamente bajo efectos del alcohol lo que motivó a la imputación formal por conducción peligrosa.
Los cuatro imputados habrían sido encontrados en flagrancia cuando intentaban pasar el retén de San Antonio hacia la ciudad al mando de los vehículos oficiales de la Asamblea.
Se desconoce –dijo– si al interior de los vehículos estaban asambleístas, pero posiblemente había algunas personas lo que motiva a seguir investigando al Ministerio Público.
“Son choferes de la Asamblea Legislativa, así han acreditado en sus declaraciones, y se les ha dado medidas sustitutivas a la detención preventiva”, afirmó Sierra.
Según la investigación, los conductores habrían llevado los vehículos fuera de la ciudad con la finalidad de ch’allar, tras cumplir una tradición de bendecir los motorizados.
Sin embargo, la investigación será profundizada con el fin de establecer la verdad histórica del hecho que ocurrió el jueves 25 de agosto.
“Se les ha tomado la prueba de alcohotest y posteriormente el examen toxicológico y se ha acreditado que se encontraban en estado de ebriedad”, afirmó el fiscal de materia.
Consultado, al ser un caso de flagrancia, ¿por qué no se aplicó el procedimiento abreviado?
El representante del Ministerio Público respondió: "es facultad del fiscal solicitar el procedimiento inmediato, pero previendo un otro resultado de la investigación y, a futuro, presentarse algunos hechos, solo se ha solicitado el procedimiento ordinario".
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