Abogados colegiados destacan la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que a través de la Sentencia 0007/2025 consolidó la prohibición de presidente o vicepresidente de forma indefinida, y señalan que los actuales magistrados modularon el fallo 084/2017, de sus antecesores (2012-2018), que favorecieron a Evo Morales.
El abogado constitucionalista y analista político Luis Alberto Ruiz indicó que la sentencia 0007/2025, resuelta de forma unánime por los nueve magistrados, “es aplaudible”, porque deja establecido que Morales nunca más podrá ser candidato a la presidencia ni a la vicepresidencia.
“Lo que se está dando es una coherencia jurídica, una coherencia constitucional donde por fin estamos viendo que existe una línea y una consecuencia constitucional-jurídica, y eso es importante en cualquier país”, enfatizó.
“GIRO DIAMETRAL”
En criterio del presidente del Ilustre Colegio de Abogados de Chuquisaca (Icach), Juan Pablo Cervantes, el TCP cambió diametralmente su posición sobre la sentencia 084/2017 cuando determinó que “era un derecho humano” que una persona pueda ser elegida como presidente o vicepresidente de forma indefinida.
“El TCP cambió diametralmente su postura inicial, cuando dijeron que el derecho humano de Evo Morales y de cualquier autoridad electa era ser elegida indefinidamente, en otras palabras, toda una vida, y cambiaron a una interpretación de que Evo Morales nunca más va a poder ser candidato a presidente”, precisó.
