Ramiro Orias Arredondo, Oficial de Programas de la Fundación para el Debido proceso (DPLF), señaló este lunes que Bolivia al haber ratificado en 1993 la Convención Americana de Derechos Humanos y reconocido como obligatoria de pleno derecho, incondicionalmente y por plazo indefinido, la jurisdicción y competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), deberá adaptar su legislación interna a lo que establezca la Opinión Consultiva sobre la reelección indefinida.
Dijo que, con esta ratificación, Bolivia se sometió a la jurisdicción y competencia de la Corte para todos los casos: contenciosos y de opiniones consultivas, y bajo el Derecho Internacional Público, los Estados tienen que cumplir de buena fe sus obligaciones internacionales.
“Estas obligaciones son parte de lo que se llama el Corpus Iuris Interamericano que es el conjunto de normativas que se aplican dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que tiene que ver con la Convención Americana, con los otros tratados e instrumentos internacionales, las decisiones de la Corte e incluso las recomendaciones de la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y como parte de ese Corpus Iuris, Bolivia tendrá que adaptar su legislación interna a lo que establezca la Opinión Consultiva”, dijo Orias a ANF.
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