La figura del retiro indirecto por disminución de sueldos o salarios fue eliminada de la legislación laboral, como demandó la COB al Gobierno. Regía desde hace 89 años (1937) y fue anulado por el Decreto Supremo 3770.
“Se prohíbe a toda las empresas o establecimientos laborales sujetos al régimen laboral de la Ley General del Trabajo, aplicar el retiro indirecto por rebaja de sueldos o salarios como modalidad de conclusión de la relación laboral”, señala el artículo 2 del decreto aprobado el miércoles 9 en reunión de gabinete.
Los empresarios consideraron el 5 de enero que el acuerdo entre el Gobierno y la COB para anular la vigencia del despido indirecto ocasionará que haya inamovilidad laboral y que las firmas preferirán ya no contratar más personal para evitarse conflictos.
