El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) determinó la improcedencia de la acción de inconstitucionalidad abstracta en contra de la Ley 969 que levantó la intangibilidad del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (Tipnis) y los magistrados por unanimidad declararon la constitucionalidad de dicha norma que fue impugnada de inconstitucional por opositores.
Este recurso se manejó con reserva por los magistrados que ninguno quiso dar información y fue el magistrado, Gonzalo Hurtado, quien dio a conocer que la acción de inconstitucionalidad abstracta, que buscaba la inaplicabilidad de la ley 969 del Tipnis, fue declarada improcedente por lo que esta norma se mantiene vigente.
“Se resolvió por la improcedencia de los recursos (contra de la ley del Tipnis) y las demandas interpuestas fueron declaradas improcedentes”, dijo.
Esta ley promulgada el 13 de agosto de 2017, de "Protección, Desarrollo Integral y Sustentable del Tipnis" eliminó la intangibilidad de ese patrimonio natural dando lugar a los proyectos de construcción de una carretera por Villa Tunari- San Ignacio de Moxos.
