Tras los accidentes de tránsito que se cobraron la vida de más de 100 personas en los últimos días, el Ministerio Público cuestionó las sanciones de uno a tres años de cárcel que establece el Código Penal contra los choferes que hayan causado la muerte o lesiones graves y gravísimas a personas con un medio de transporte y que incluso impiden la aplicación de una detención preventiva.
El fiscal general del Estado, Roger Mariaca, dio su punto de vista sobre este tema. “Es un trabajo que debemos promover todos los ciudadanos para que la Asamblea Legislativa Plurinacional pueda considerar estos hechos que han dejado luto a muchas familias, en especial en Oruro, Potosí y Santa Cruz, donde se ve el dolo que tienen estas personas (choferes) de manejar en estado de ebriedad. Desde la Fiscalía (tenemos) toda la intención de poder coadyuvar”, dijo tras ser consultado sobre las sanciones que deben recibir no solo los conductores, sino también las empresas de transporte.
El Fiscal General indicó que si bien el artículo 261 del Código Penal se refiere al delito de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, existe agravante si el chofer maneja en estado de ebriedad con una pena de solo cinco a ocho años de prisión.
