La Consulta Previa sobre la constitucionalidad del proyecto de Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2023-2024, activada por el TSJ, se constituye en el tercer obstáculo para la renovación de magistrados en Bolivia, cuyo proceso debía desarrollarse este año.
En solo cuatro meses se activaron tres acciones en contra del proceso de elecciones. En primera instancia, en abril de este año, el postulante a magistrado por el Beni, Miguel Ángel Balcázar, planteó una Acción de Amparo en contra del reglamento de preselección de candidatos a magistrados que paralizó este trámite, subsanado aquello, pocos días después y el mismo mes, el diputado de Creemos Leonardo Ayala interpuso una Acción de Inconstitucionalidad Abstracta (AIA) que nuevamente frenó las elecciones. El TCP emitió sentencia declarando nulas la convocatoria y el reglamento de preselección el 31 de julio.
En agosto de este año, el Senado aprobó un nuevo proyecto de Ley de elecciones judiciales que dejaba a los actuales magistrados sin la posibilidad de repostularse, pero el 20 de septiembre, el presidente del TSJ, Ricardo Torres interpuso una Consulta al TCP sobre la constitucionalidad del proyecto de "Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2023-2024” que estaba en trámite en la Cámara de Diputados.
Con esa acción, el proyecto de ley se encuentra paralizado desde hace cuatro días, hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) se pronuncie sobre la constitucionalidad del artículo 2 y la Disposición Adicional Sexta del mencionado proyecto que serían contrarios a la Constitución Política del Estado.
El artículo 113 de la Ley 254 del TCP, Código Procesal Constitucional, establece que la formulación de la consulta suspenderá el procedimiento de aprobación del proyecto de ley en la Asamblea Legislativa Plurinacional.
El artículo 114 de la misma ley, que hace referencia al procedimiento, establece que recibida la consulta la Comisión de Admisión verificará el cumplimiento de los requisitos, en el plazo de dos días, en su caso dispondrá se subsanen las observaciones en el plazo de cinco días, subsanadas las mismas, inmediatamente procederá al sorteo del magistrado o magistrada relator. El TCP emitirá su Declaración Constitucional en el plazo máximo de 30 días a partir del sorteo.
