El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural informó que las empresas de servicios públicos e industrias, tanto públicas como privadas, dedicadas a la producción de alimentos, productos de higiene, medicamentos y artículos de primera necesidad y su personal de trabajo, podrán circular de manera garantizada, desarrollando sus actividades ininterrumpidamente de lunes a domingo las veinticuatro (24) horas del día.
Los proveedores abastecerán a los mercados, tiendas, almacenes y supermercados todos los días de 14:00 a 5:00 a.m. conforme a su rubro.
La cadena logística y de servicios de transporte del comercio interno y de las exportaciones e importaciones se mantendrá expedito y garantizado. Los medios de transporte de abastecimiento, insumos, artículos de primera necesidad, limpieza e higiene, farmacéuticos, comerciales y distribuidoras de alimentos, podrán transitar de manera segura y libre en todo el territorio nacional. En cumplimiento del Decreto Supremo Nº 4200 del 25 de marzo de 2020, esta Cartera de Estado precautelará el abastecimiento, seguridad alimentaria, higiene y salud, en todo el Estado Boliviano.
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