El Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza (TIDN)–compuesto por 26 jueces y juezas de reconocida autoridad ética y científica– condenó al Estado Plurinacional de Bolivia por violar los derechos de la Madre Tierra en el caso del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (Tipnis). Entre las medidas que plantea la sentencia está que el presidente Evo Morales se disculpe.
La sentencia exige al Estado once medidas para prevenir, precautelar y restringir más impactos ambientales en la zona, comenzando por la paralización de obras y la anulación de la Ley 969 (que levantó la intangibilidad al Tipnis).
El documento fue publicado ayer y difundido en cinco ciudades, incluidas Trinidad y San Ignacio de Moxos, en Beni.
En noviembre de 2017, la Subcentral Tipnis interpuso una demanda ante el tribunal en Alemania, denunciando los impactos de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos y la Ley 969 aprobada en 2017, que dejó sin efecto la Ley 180 de protección del Parque Nacional, lograda mediante la Octava Marcha Indígena en 2011.
A principios de 2018, el tribunal aceptó considerar el caso del Tipnis y resolvió crear una Comisión Internacional de Observadores e Investigadores para verificar en sitio la denuncia. Esta comisión visitó Bolivia en agosto de 2018 y emitió su informe en enero de este año.
LEYES VIOLADAS
El tribunal resalta que la abrogación de la Ley 180 a través de la promulgación de la Ley 969, muestra que el Gobierno boliviano incumplió con su obligación de establecer y aplicar normas y leyes para la defensa, protección y conservación de los Derechos de la Madre Tierra.
El tribunal establece que el Estado Plurinacional de Bolivia viola los derechos colectivos e individuales de las naciones y pueblos indígenas del Tipnis, que son complementarios, compatibles e interdependientes con los derechos de la naturaleza, como establece el artículo 9 de la Ley 300.
Para el Tribunal, otorgar derechos a la naturaleza constituye una evolución del concepto de protección de la naturaleza, considerándola como un sujeto que tiene vida y derechos que deben ser protegidos.
Según el fallo de 90 párrafos, el Gobierno de Bolivia afectó el derecho de la naturaleza “a existir y ser respetada, a su integridad y funcionamiento vital y a la regeneración de su biocapacidad y continuación de sus ciclos y procesos vitales libres de alteraciones humanas. (artículo 2 - Declaración de derechos de la Madre Tierra, artículo 7 de la Ley 071 y artículo 9 de la Ley 300)”.
Las evidencias que avalan el fallo fueron verificadas por una comisión que visitó Bolivia en 2018. El informe de este equipo afirmó que existe evidencia de impactos ecológicos en la zona: deforestación en el polígono siete; expansión de la producción ilícita de hoja de coca; explotación forestal en el Sécure Alto; afectación a la generación hídrica en la zona, bosques, fauna y flora; desestabilización de ecosistemas; amenaza petrolera; impactos en la vida de los indígenas; ataques a defensores de la naturaleza; y crisis institucional del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap).
