ACLARACIÓN
El exmagistrado Bacarreza dijo que se puso 25 de septiembre a la sentencia 996/2017, y lo que correspondía era 28 de diciembre.
Como un "error involuntario", así calificó ayer el exmagistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Zenón Bacarreza, la sentencia a favor de Samuel Doria Medina, por el caso Focas, que cita como antecedente el fallo a favor de la repostulación del actula presidente Evo Morales, sin que esta, para esa fecha, fuera emitida.
El extribuno, que fue uno de los que firmó la Sentencia 996/2017, explicó que ese veredicto se emitió en realidad el 28 de diciembre y que la fecha consignada en el documento, 25 de septiembre, fue producto a una equivocación.
Los datos detallan que el 25 de septiembre de 2017, fecha de la sentencia del TCP a favor del opositor Doria Medina, la acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por parlamentarios del MAS para habilitar a Evo Morales llevaba una semana presentada ante el Constitucional y aún no había sido admitida.
FRAUDE PROCESAL
Sectores de la oposición advirtieron un "fraude procesal" y solicitaron que quede nulo el fallo que beneficia al presidente Morales para que sea candidato en 2019, pese a que los tribunos se cierran a la posibilidad de revisar el dictamen.
De acuerdo con el reporte de radio Erbol, Bacarreza, aseveró que ese “error involuntario” se debe a la recarga laboral que tenía el TCP y que, además, ese fallo se emitió en los últimos días de gestión de los anteriores magistrados.
Manifestó además que ese tipo de fallas se pueden subsanar con una complementación o enmienda, pero sostuvo que el carácter vinculante de ese fallo se mantiene vigente.
INVESTIGACIÓN
El exsenador y expresidente de la comisión que investigó la privatización, Adolfo Mendoza, pidió que se investigue a los exmagistrados que emitieron la Sentencia 996/2017, mediante la cual el TCP favoreció a Doria Medina en el caso Focas.
