SANCIÓN
La Sala Plena del TSE decidió sancionar con una multa de Bs 87.480 a BTV por transmisión de 42 minutos la entrega de viviendas en Tarija.
La sala plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) en cumplimiento al Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referéndum sancionará al canal estatal Bolivia TV con una multa de Bs 87.480, por transmitir 42 minutos un acto de entrega de obras del presidente Evo Morales, cuando la norma estable un límite de 15 minutos.
Bolivia TV transmitió en directo el 25 de enero, desde el municipio de Cercado del departamento de Tarija, el acto de entrega de 300 viviendas sociales. El acto contempló el discurso del presidente, la ch’alla tradicional y parte del festejo.
La presidenta del Órgano Electoral Plurinacional, Katya Uriona, explicó que de conformidad con lo establecido en el Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo, vigente para la consulta del 21 de febrero, la sala plena del TSE sancionó con una multa de Bs 87.480 a la estatal.
La sanción fue decidida luego de conocer el informe técnico de monitoreo en periodo de propaganda electoral hecho por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático.
"A través de nuestro sistema de monitoreo se ha confirmado que BTV ha infringido la norma, durante la transmisión de una entrega de viviendas desde Tarija y se procede por decisión de sala plena con una sanción mayor a 80 mil bolivianos contra la televisora estatal, por haber infringido en más de 20 minutos el límite de la transmisión en vivo", explicó Uriona.
La presidenta del TSE dijo que se evidenció la contravención del artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referéndum, en relación a la cobertura de entrega oficial de obras que está en plena vigencia.
ARTÍCULO 24
El artículo 24 del Reglamento de Campaña contra el cual el presidente y vicepresidente presentaron una acción abstracta de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) pone límite de transmisión de actos de entrega de obras a 15 minutos por cada acto, durante los últimos 30 días a la fecha del Referéndum para la Reforma Parcial de la Constitución Política del Estado (CPE), sobre la reelección del presidente y vicepresidente para el periodo 2020-2025.
