La Corte Internacional de Justicia (CIJ) dio ayer la razón a Irán de forma parcial en su denuncia a Estados Unidos por la reimposición de sanciones tras su salida del acuerdo nuclear, y ordenó a Washington paralizar las medidas contra Teherán relacionadas con la exportación de ciertos bienes básicos.
Los jueces ordenaron unánimemente que, de todas las sanciones impuestas a Teherán, Estados Unidos no puede incluir la exportación de productos médicos, alimenticios, agrícolas y equipos imprescindibles para la seguridad de los vuelos civiles.
La medida de los jueces es provisional y responde a una solicitud de Irán, que denunció a Estados Unidos por su retirada del acuerdo nuclear en mayo y la reimposición de las sanciones. Los magistrados exigieron a Estados Unidos, también unánimemente, garantizar que se otorguen las licencias necesarias y se autoricen las transferencias de fondos para que esos bienes básicos puedan ser exportados a Irán.
El tribunal consideró que el impedimento de obtener esos productos "puede tener un impacto perjudicial grave en la salud y la vida de las personas en Irán", dijo el juez presidente Abdulqawi Ahmed Yusuf.
En las vistas orales celebradas en agosto, Estados Unidos dijo que haría "sus mejores esfuerzos" para considerar las preocupaciones del tribunal por los temas humanitarios o de seguridad relacionados con los vuelos.
Sin embargo, la CIJ consideró que dicha afirmación "no es adecuada para abordar plenamente" el asunto.
Irán basó su denuncia en un documento poco conocido, el Tratado de Amistad, Relaciones Económicas y Derechos Consulares firmado con Estados Unidos en 1955, cuando ambos Estados aún gozaban de buenas relaciones. Según Irán, Estados Unidos violó varios puntos de dicho tratado, pues éste establece la obligación de "asegurar la protección de individuos y compañías y no interferir en las operaciones entre los dos países".
