Alrededor del 60 por ciento de las operaciones mineras asentadas en el municipio de Potosí incumple la normativa ambiental, situación que constituye un factor de riesgo para la población que vive cerca de esas labores.
El jefe de la Unidad de Medio Ambiente del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, Raúl Pinto, informó que el municipio tiene registradas en su base de datos unas 150 operaciones mineras, de las cuales una parte importante no cumple las normas ambientales.
Pinto señaló que entre el 50 y el 60 por ciento de esas operaciones incumple la normativa ambiental, ya sea porque no cuenta con licencia ambiental, no acata las recomendaciones de las autoridades competentes o incurre en otras infracciones relacionadas con el deterioro del medio ambiente.
Entre estas irregularidades se encuentran el acopio ilegal de minerales en domicilios particulares, el escurrimiento de líquidos y la generación de polvo en suspensión, entre otras situaciones que pueden afectar la calidad del suelo, el aire y el agua.
INSPECCIONES
La Unidad de Medio Ambiente del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí desarrolla controles a las operaciones mineras existentes en el municipio, lo que permitió identificar varias actividades que no cumplen con normas ambientales fundamentales.
Pinto informó que fueron identificadas empresas que no cuentan con licencia ambiental o que incumplen las disposiciones vigentes. Estos casos serán incluidos en un informe que será remitido a la Secretaría de la Madre Tierra para que se determinen las acciones y sanciones correspondientes.
También se coordina con otras instituciones el control de la calidad del aire, la realización de inspecciones ambientales y otras acciones destinadas a evitar un mayor deterioro del suelo, el aire y el agua, elementos esenciales para garantizar condiciones adecuadas para la población.
Una de las situaciones que genera preocupación es la instalación de centros de acopio de cargas mineralizadas y concentrados de minerales en domicilios particulares que no reúnen las condiciones de seguridad necesarias para evitar escurrimientos o la dispersión de polvo.
Esta situación constituye una infracción que, de acuerdo con la normativa vigente, debe ser objeto de las acciones correspondientes.
