A horas para que fenezca el plazo estipulado para la otorgación de la roseta ambiental 2023, desde la secretaria de Desarrollo Territorial y Medioambiente, se informó que solo el 1.5 por ciento del parque automotor cumplió con la inspección de emanación de gases.
De acuerdo con los datos que se tiene en el Registro Único para la Administración Tributaria Municipal (RUAT), en Potosí existen más de 65.000 vehículos circulando por las calles tanto del servicio público como privado de los cuales solo 1.000 propietarios asistieron hasta ayer a los puntos de medición de gases instalados por la unidad de medioambiente de la Alcaldía.
El incumplimiento a la Ordenanza Municipal 010/2010 señala que: quienes no acudan a la inspección de emanación de gases hasta la fecha estipulada no podrán circular por las calles de la ciudad de Potosí.
Según el último reporte emitido por la jefatura de medioambiente de la comuna, 823 motorizados a gasolina pasaron la inspección de emanación de gases, mientras que 216 fueron los vehículos a diésel.
La roseta ambiental es una garantía del control de la calidad del aire, en nuestro municipio frente a los gases emanados por el parque automotor, por ello, es por lo que la roseta en un requisito primordial que los propietarios deben obtener para garantizar el buen estado de sus motorizados.
En pasados meses un estudio realizado por la jefatura de Medioambiente de la Alcaldía develó que en la Villa Imperial existen dos zonas críticas de contaminación atmosférica por los gases que emanan los vehículos.
Las zonas rojas donde existe mayor contaminación atmosférica son en la zona del mercado Uyuni, calle Chayanta esquina 10 de Noviembre y el segundo punto es en avenida Villazón, a la altura de la rotonda del extránsito.
Según el Reglamento en Materia de Contaminación Atmosférica (RMCA) de la Ley de Medio Ambiente N° 1333, como por la Norma Boliviana NB 62011:2008 de Ibnorca se establece algunos parámetros del índice de la calidad del aire considerando las concentraciones de diferentes contaminantes atmosféricos, parámetros que en la actualidad sobrepasaron en estos dos lugares.
Según la ley 1333 establece un valor límite permisible de 150 µg/m 3 (microgramos por metro cúbico) promedio de 24 horas y de 50 µg/m3 promedio anual.