12
ARTÍCULOS tiene la Ley de Identidad de Género promulgada el 21 de mayo para reconocer los derechos de la población transexual y transgénero.
Potosí apuntaló los avances en el reconocimiento a la identidad de género; avances que se sellaron con la promulgación de la Ley 807, el sábado 21 de mayo.
La primera batalla por la consolidación de los derechos de la población transexual y transgénero de Bolivia se libró en los tribunales de justicia de Potosí, a instancia de Erika.
La persona transgénero femenina, nacida en esta tierra, peleó duro hasta que el 22 de agosto de 2006 logró que la sentencia de primera instancia se ejecutorie y el Estado boliviano le otorgue la condición de mujer, consolidando así el primer paso en la lucha por el reconocimiento social de las personas que naciendo de un sexo sienten su identificación con otro.
El segundo hito en el reconocimiento de los derechos de las personas diversas se dio el 4 de diciembre de 2010, cuando se desarrolló el Congreso Nacional de la Organización de Travestis, Transgéneros y Transexuales de Bolivia, en el que acordaron impulsar el proyecto de ley de las Identidades Sexuales Genéricas de la Mujer Transexual.
UN GRAN PASO
La lucha femenina de las personas transgénero se tradujo en la promulgación de la Ley de Identidad de Género (Ley 807) que reconoce la opción sexual y otorga la posibilidad de consolidar esa identidad, a través de un trámite establecido en el procedimiento.
La activista de los derechos de las personas diversas, Maya Vásquez, sostiene que definir la ley y consolidar su reglamento no fue una tarea fácil porque tuvieron que trabajar mucho hasta llegar a contar con una norma que hoy permitirá el reconocimiento de la identidad adoptada por las personas.
Destacó que la norma legal especifica dos sectores, que son los transgenéricos y transexuales que podrán consolidar en reconocimiento de la sociedad a través de los documentos a su verdadera identidad de género.
Vásquez aclaró que el transgenérico es la persona que vive y se desarrolla con la vestimenta del sexo contrario al que ha nacido y es reconocida como tal por la sociedad por la trascendencia social que logra.
Las transexuales, por su parte, son aquellas que modificaron su cuerpo físicamente, pasando por quirófano o por tratamiento hormonal. Sin embargo, existen transgéneros femeninos y masculinos.
También se dio a conocer que la mencionada ley define un procedimiento para lograr el reconocimiento a la opción sexual y tiene sus plazos.
La entrevistada también destacó que el trámite ante el Servicio de Registro Cívico (Sereci) tiene un carácter confidencial; un aspecto que no se tomó en cuenta el día en que ella presentó su solicitud para el cambio de nombre y dato del sexo.
