La Dirección Departamental de Educación socializará la resolución 001/2016 que establece la prioridad de que los alumnos se inscriban en la zona en la que residen. Así lo informó el director departamental de Educación, Hermenegildo Morales.
Esto se debe a que los estudiantes deben trabajar en un proyecto comunitario que esté directamente relacionado con la zona donde viven para que sea enfocado en atender un problema de su comunidad.
Además, los padres de familia deben presentar varios requisitos que acrediten que los estudiantes viven en esa zona.
Con el director distrital planificarán el operativo de las inscripciones para evitar aglomeraciones.
PENSIONES
El incremento de las pensiones para la gestión 2016 dependerá de la autorización del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. La inobservancia de esta previsión será sancionada.
INSCRIPCIÓN ANTIGUOS
I. La inscripción de los estudiantes antiguos es automática para el año de escolaridad que les corresponda, debiendo comprobarse esta situación con la presencia física del estudiante el primer día de clases.
II. Los estudiantes que decidan cambiar de Unidad Educativa tienen la obligación de hacer conocer de manera escrita esta decisión, bajo la responsabilidad de la madre, padre de familia o tutor.
III. Las unidades educativas tienen la obligación de inscribir a todos los estudiantes con discapacidad leve comprendidas en el inciso b), parágrafo I, del artículo 27 de la Ley N° 070, previa disponibilidad de espacios.
RUDE
El Registro Único de Estudiantes (RUDE) otorgado al estudiante en el primer o segundo año de escolaridad de Educación Inicial en Familia Comunitaria será el único código oficial asignado al estudiante a lo largo de su recorrido en el Sistema Educativo Plurinacional. Cédula de Identidad de la o el estudiante de Educación Secundaria es otro requisito.
ZONA
Para la inscripción de estudiantes nuevos en una Unidad Educativa, tienen prioridad los que viven en la zona, debiendo demostrarlo con facturas de servicios de luz y agua o con certificación de trabajo cuya madre, padre, tutor, apoderada o apoderado tenga actividad laboral en el entorno de la Unidad Educativa, según la resolución.
DISCAPACIDAD
Los estudiantes con discapacidad leve que ingresen al Subsistema de Educación Regular deben presentar su carnet de discapacidad o la certificación respectiva. Para la inscripción de estudiantes nuevos, la madre o padre de familia, tutor, apoderada o apoderado deberá presentar su cédula de identidad; la falta de este documento no impide la inscripción de los estudiantes en una Unidad Educativa.
PRIVADOS
Las unidades educativas privadas están prohibidas de realizar cualquier cobro adicional a las diez pensiones anuales, trátese de reserva de plaza, matrícula o derecho de inscripción, material educativo, gastos de administración, multas por retraso de pago de pensiones, cuotas para ANDECOP u otros cobros que no estén expresados en la normativa vigente.
SORTEO
De existir sobredemanda de estudiantes nuevos que generen filas antes del periodo de las inscripciones, estas no serán válidas por ningún motivo.
En consecuencia, el día de inicio de las inscripciones la Dirección Distrital o director(a) de Unidad Educativa procederá a levantar listas y notificar el sorteo respectivo, de acuerdo con la capacidad física de las aulas y el número máximo de estudiantes definidos en los artículos 23 y 24 de la presente Norma General.
Quienes no sean beneficiados con el sorteo o inscripción deberán acudir a otra Unidad Educativa.
