El Gobierno nacional determinó congelar el precio de los carburantes en el país por el lapso de un año. Así lo establece el Decreto Supremo 5652, publicado este jueves en la Gaceta Oficial.
El nuevo decreto garantiza que, durante los próximos 12 meses, no habrá ninguna variación en los costos actuales de los carburantes para el consumidor final.
Con la entrada en vigencia de esta nueva norma, la gasolina especial mantendrá su precio de Bs 6,96 por litro, mientras que el diésel continuará costando Bs 9,80. Este congelamiento también rige para el Gas Natural Vehicular (GNV), el Gas Licuado de Petróleo (GLP) y las gasolinas de aviación.
Indexación al mercado internacional y al dólar
A pesar de la tregua de un año, el decreto ya deja establecido el mecanismo para definir el precio de los carburantes una vez que concluyan los 12 meses del periodo transitorio.
Desde ese momento, el costo en bolivianos de la gasolina, el diésel y otros derivados se calculará mediante una fórmula matemática.
El precio final será el resultado de multiplicar tres variables: el valor de compra en dólares del carburante en el mercado internacional, el tipo de cambio promedio del dólar del último mes en el país y un "factor de ajuste".
Este cambio técnico representa un giro sustancial respecto al Decreto Supremo 5516, emitido en enero pasado y que fue diseñado bajo un contexto de tipo de cambio fijo; sin embargo, tras el abandono de dicho régimen cambiario en Bolivia, los precios de los combustibles ahora deberán ajustarse a la realidad del dólar flexible.
“Factor de ajuste”
El “factor de ajuste”, según la nueva norma, se obtendrá al dividir la cifra fija de 10,4003 entre el tipo de cambio promedio del dólar del último mes.
Este mecanismo implica que el Gobierno central volverá a subvencionar una parte del precio del combustible únicamente cuando el dólar oficial supere la barrera de los Bs 10,40. Si la cotización de la divisa se mantiene por debajo de ese límite, el precio fluctuará según las condiciones del mercado.
Inyección económica para YPFB
Para sostener los costos de importación durante este periodo, la disposición adicional quinta del decreto autoriza al Ministerio de Economía a asignar recursos a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) por un monto de hasta Bs 1.000 millones. Estos fondos estarán destinados a cubrir el diferencial entre los costos de importación y el precio pre-terminal o de paridad del petróleo crudo.
Asimismo, la norma prevé flexibilidad financiera al determinar que la cartera de Economía podrá asignar montos adicionales o diferentes a requerimiento de YPFB, previa presentación de informes y certificación del Ministerio de Hidrocarburos o del ente regulador competente.
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