De manera repentina, el juez Alberto Zeballos decidió dar marcha atrás en la admisión que había hecho de una Acción de Cumplimiento contra la repostulación de Evo Morales, a pesar de que ya se había convocado a una audiencia.
El juez había admitido la Acción de Cumplimiento presentada miembros de plataformas ciudadanas, pero de oficio decidió revocar esa decisión y declarar improcedente la demanda.
El activista Eduardo Gutiérrez, uno de los demandantes, denunció que el juez violó el procedimiento, puesto que se debería haber realizado una audiencia, que ya había sido convocada para este 19 de febrero, con la finalidad de tratar el caso.
Gutiérrez afirmó que esta es una muestra más de que no hay independencia de poderes. Señaló que se evitó hacer una audiencia, porque se sabía que en esas circunstancias era insostenible el argumento del Gobierno. “Es una raya más al tigre y duele”, agregó.
En su resolución, fechada el 15 de febrero, el juez argumenta que desarrolla un “saneamiento” del procedimiento de oficio debido a que se omitió algunas observaciones contrarias al Código Procesal Constitucional.
Zeballos declaró improcedente la Acción de Cumplimiento en base a que la Sentencia del Tribunal 084/2017, que permite la reelección indefinida, ya tiene calidad de cosa juzgada y no cabe revisión.
Además, que los accionantes deberían primero reclamar a los demandados que son el TSE, Evo Morales y Álvaro García.
En el texto se sostiene que los accionantes no probaron de forma documentada que se haya reclamado previamente a las autoridades demandadas.
En ese entendido, a pesar de haber admitido en un inicio al Acción, ahora la declaró rechazada “in límine”, es decir desde el comienzo del proceso.
Tras conocerse la admisión, autoridades rechazaron la Acción de Cumplimiento bajo el argumento de la sentencia 084/2017 ya era cosa juzgada. El diputado Sergio Choque incluso anunció un proceso disciplinario contra el juez por haber admitido la demanda.
