DATO
“Octubre Negro” o “La Guerra del Gas”. Ambos nombres sirven para referirse a la convulsión social de octubre de 2003, que dejó más de 60 muertos.
El 21 de agosto de 2017, el Comité de Derechos Humanos de la ONU, hizo pública su decisión declarando inadmisible la Comunicación del 31 de marzo de 2014, presentada por ex miembros de las FF.AA., José Oswaldo Quiroga (excomandante General de la Fuerza Aérea) y Luís Alberto Aranda Granados (ex Comandante General de la Fuerza Naval), condenados en el Juicio de Responsabilidades por el caso “Octubre Negro”.
Quiroga y Aranda alegaron supuestas violaciones por parte del Estado boliviano a sus derechos bajo el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, como ser: a la igualdad ante los tribunales y cortes de justicia, a la presunción de inocencia, a la información sobre las causas de la acusación y a interrogar a los testigos de cargo y descargo, y a un tribunal superior.
Sin embargo, el Comité de Derechos Humanos, con sede en Ginebra, Suiza, valorando los argumentos presentados por el Estado boliviano, entre otras cosas, desestimó las alegaciones en el sentido que el trabajo del Tribunal de Juicio de Responsabilidades hubiese tenido interferencia alguna por otros órganos del Estado o se haya forzado una sentencia rápida.
El Comité, que calificó como “eventos violentos de septiembre y octubre de 2003” los hechos por los cuales Quiroga, Aranda y otros miembros del Gabinete de Gonzalo Sánchez de Lozada fueron condenados, afirmó también que la amnistía dispuesta mediante DS Nº 27237, de 4 de noviembre de 2003, no afectó a la investigación sobre la participación o responsabilidad de los condenados ni violó su derecho a la igualdad ante los tribunales y cortes de justicia.
