Nacional

El TSE habilita a nueve firmas para encuestas

La difusión de encuestas, según la norma, está permitida hasta el domingo 14 de febrero de la próxima gestión.

El TSE habilita a nueve firmas para encuestas
El Tribunal Supremo Electoral.

DECISIÓN

El referendo está previsto para el 21 de febrero, cuando los bolivianos decidirán si se realiza o no la modificación parcial de la Constitución.

Nueve empresas encuestadoras habilitó el Tribunal Supremo Electoral (TSE) para el referendo constitucional del próximo 21 de febrero, tal como establece la Ley 026 del Régimen Electoral. Fueron registradas y tienen autorización.
Según detalla esa institución, las contempladas para la difusión de estudios en el proceso son: Ipsos Apoyo Opinión y Mercado S.A.; Empresa de Comunicación Social El Deber S.A.; Mercados y Muestras S.R.L.; Captura Consulting S.R.L.; Equipos Mori S.R.L.; Focaliza S.R.L. y Tal Cual Comunicación Estratégica S.R.L.
Además se agrega que existen dos que pueden realizar estudios en el ámbito departamental: América TV, canal 23, en Cochabamba y Radio Kollasuyo, en Potosí y un consultor independiente, José Felipe Jerez Abascal, en Chuquisaca. Todas con la posibilidad de dar a conocer intenciones de voto.
La difusión de encuestas, según la norma, está permitida hasta el domingo 14 de febrero de 2016; y estudios en boca de urna y conteos rápidos, que se realizan el día de la votación y podrán difundirse desde las 20:00 del 21 de febrero de 2016.
RECHAZO
El TSE rechazó la solicitud del Gobierno nacional para "dejar sin efecto" el límite de 15 minutos a las transmisiones oficiales, establecida en el parágrafo II del artículo 24 del reglamento para campaña y propaganda antes del referendo.
Hace días el viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental, Rodolfo Illantes, presentó ante el Órgano Electoral un memorial con la solicitud. La Sala Plena analizó el pedido, concluyendo que no procede.
La disposición dice una limitación de tiempo a las transmisiones en vivo y directo de actos de entrega de obras del Gobierno o de los gobiernos autónomos, desde los 30 días antes de la votación hasta las 20 horas de la jornada electoral, a un espacio que no puede superar, en cada caso, los 15 minutos.
La carta enviada por el Tribunal Electoral aclara que el artículo en cuestión no limita ni menos prohíbe la entrega de obras, como afirma el memorial entregado por el viceministro Illanes, sino la transmisión en vivo y directo de dichos actos por más de 15 minutos.
Además, que esta limitación no conlleva ninguna interferencia, intromisión y menos usurpación de funciones, pues las autoridades de todos los niveles del Estado pueden realizar todo tipo de entrega de obras que consideren pertinentes, sin que esta norma sea un óbice.



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