El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), José Luis Exeni, afirmó que el referendo, convocado para el 21 de febrero, no tendrá validez si la cantidad de votos blancos y nulos supera al número de los válidos.
“Se trata de reconocer un derecho de la ciudadanía, que se expresarse no solo con un voto válido, sino con un voto blanco o nulo. Esta norma (Ley de Convocatoria a Referendo Constitucional Aprobatorio) establece la previsión de que los votos blancos y nulos, si son superiores a los válidos, el referendo no tendrá validez”, dijo Exeni en entrevista con Erbol.
El inciso “c” del artículo 21 de la Ley 026 de Régimen Electoral, no fue modificado en esta norma aprobada ayer en la Asamblea Legislativa, el cual cita: “Los resultados del Referendo serán válidos si votaron por lo menos el 50 % más uno de las electoras y electores de la respectiva circunscripción electoral y si los votos válidos son más que la sumatoria total de los votos blancos y nulos”.
El martes, el diputado del MAS, Víctor Borda, dijo que en el referendo constitucional, no serán válidos los votos nulos y blancos, que en sumatoria, superen el 51% en una determinada circunscripción.
“Si el voto nulo o blanco supera el 51 %, no va tener efecto, no va tener validez, estamos hablando de circunscripción, no de región, ni de Departamento, o la abstención si va superar el 51 % no se va computar. Esa es la disposición que estamos intentando (aprobar) porque se entiende que el referendo es el ejercicio democrático de las personas ¿de qué serviría un referendo con poca participación? no tendría legitimidad”, señaló el diputado en esa oportunidad.
REGLAMENTOS
Una vez aprobada la normativa de convocatoria a Referendo Constitucional Aprobatorio, el TSE empezó a trabajar en la elaboración de los reglamentos de administración y logística, campaña y propaganda, además de la difusión de encuestas. Éstos podrían ser presentados mañana después de una sesión de Sala Plena.
Exeni enfatizó en la posibilidad de que en el reglamento podría establecerse algunas limitaciones para evitar que los servidores públicos realicen campaña por el Sí o por el No en actos públicos o entregas de obras.
Asimismo el vocal del Tribunal Electoral aseguró que no existirán restricciones en las expresiones que se manifiesten en las redes sociales en favor o en rechazo a la reelección al presidente Evo Morales.
El pleno de la Asamblea sancionó la madrugada de este jueves la Ley de Convocatoria a Referendo Constitucional Aprobatorio e hizo modificaciones al texto original al anular el artículo 8 para permitir que cualquier persona o grupo político y social pueda emitir propaganda por radio, televisión y prensa.
Ello podrán hacerlo sin necesitar registrarse de manera antelada, como ocurrió en los referendos departamentales en septiembre pasado, lo que generó un casi nulo debate previo.
