En un auto al que ha tenido acceso EFE, la magistrada Mónica Aguirre ha acordado la transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, equivalente a procesamiento, y afirma que «hay indicios de la comisión de hechos presuntamente delictivos», concretamente delitos contra el medio ambiente en su modalidad de contaminación acústica.
La causa se abrió a raíz de una querella planteada por la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu (AVPB), que denunciaba la superación de los límites sonoros establecidos por la normativa municipal en un total de dieciocho conciertos y eventos celebrados en el Santiago Bernabéu entre el 26 de abril y el 8 de septiembre.
El listado incluía recitales de artistas como Taylor Switf, Manuel Carrasco, Karol G o Duki, además de espectáculos como La Velada del Año, promovida por el ‘streamer’ Ibai Llanos.
150 mediciones de ruido presentadas
La asociación querellante presentó como prueba unas 150 mediciones de ruido, tanto realizadas por agentes del Ayuntamiento de Madrid como encargadas a empresas de ingeniería, y alegó que el propio Consistorio había incoado varios expedientes sancionadores a los promotores de los conciertos, imponiendo multas de entre 16.000 y 148.000 euros.
«(El Real Madrid) ha puesto a disposición de los promotores, mediante precio, el estadio Santiago Bernabéu para la realización en él de una actividad que, por sí misma, genera un ruido considerable, a sabiendas de que la instalación carecía del más mínimo aislamiento acústico preciso para evitar la contaminación del entorno del estadio y una afectación a los derechos de sus vecinos, con grave peligro para su salud», protestaba la querella.
La AVPB argumentó además que, cuando se admitió a trámite su querella, el Real Madrid decidió suspender los conciertos, lo que «evidencia» su responsabilidad.
Indicios delictivos
Las diligencias judiciales han arrojado indicios delictivos, según la magistrada Aguirre, que sin embargo rechazó investigar al alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, o al concejal delegado de Medio Ambiente, Borja Carabante, contra quienes también se dirigía la querella.
El auto, fechado el 15 de enero, da un plazo de diez días a las acusaciones particulares personadas y al Ministerio Fiscal para formular escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan solicitar «excepcionalmente» la práctica de las diligencias complementarias que consideren «imprescindibles».
Esta resolución se suma a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) conocida en octubre que, también a raíz de una querella de la AVPB, avaló la paralización de las obras en las inmediaciones del estadio Santiago Bernabéu para construir dos aparcamientos subterráneos y un túnel.
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