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La CorteIDH condena al Estado argentino por el atentado contra la mutual judía en 1994

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este viernes al Estado argentino por su responsabilidad y falta de investigación en el atentado terrorista perpetrado contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) el 18 de julio de 1994, el cual causó 85 muertes y heridas graves a 151 personas.

La CorteIDH condena al Estado argentino por el atentado contra la mutual judía en 1994
Fotografía de archivo de hombre que toca un cartel con nombres de víctimas durante un acto conmemorativo por el aniversario del atentado contra la mutua judía AMIA, en Buenos Aires EFE

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este viernes al Estado argentino por su responsabilidad y falta de investigación en el atentado terrorista perpetrado contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) el 18 de julio de 1994, el cual causó 85 muertes y heridas graves a 151 personas.

La presidenta de la CorteIDH, Nancy Hernández, notificó la sentencia a las partes y explicó que durante el proceso Argentina reconoció su responsabilidad total en este caso, lo cual fue aceptado por el tribunal internacional que, de todas formas, emitió la sentencia y ordenó medidas de reparación.

¿Por qué condena la CorteIDH a Argentina por el atentado?

La CorteIDH determinó que el Estado no adoptó las medidas razonables para evitar el atentado a pesar de que conocía la situación de riesgo, no cumplió con su deber de investigar con la debida diligencia el atentado y su encubrimiento y que no brindó a los familiares de las víctimas el acceso real a la documentación de los hechos.

“El Estado conocía de una situación de riesgo real e inmediata sobre los sitios identificados con la comunidad judía y que no adoptó las medidas razonables para evitar dicho riesgo”, asegura el fallo.

La sentencia establece que el Estado es responsable por violaciones a los derechos a la vida, a la integridad personal, al principio de igualdad y no discriminación, al acceso a la justicia y a las garantías judiciales, al acceso a la información, al derecho a conocer la verdad, y a la integridad psíquica y moral de las víctimas y sus familiares.

“El Estado incurrió en una falta grave a su deber de investigar uno de los mayores atentados terroristas en la historia de la región. Estas faltas a la debida diligencia implicaron, por una parte, un mal manejo del material probatorio y la escena del hecho y, por otra parte, una conducción deficiente del desarrollo de la investigación”, explica la sentencia.

El texto agrega que “se comprobaron una serie de maniobras realizadas por agentes estatales con el fin de obstaculizar la investigación y encubrir a los verdaderos autores, los cuales, a la fecha, no han podido ser identificados, juzgados y eventualmente sancionados”.

Lo que ahora debe suceder

Los jueces interamericanos ordenaron al Estado “remover todos los obstáculos que mantienen la impunidad total en este caso e iniciar, continuar, impulsar o reabrir las investigaciones que sean necesarias”.

Argentina también deberá efectuar un acto público de reconocimiento de responsabilidad, realizar un documental audiovisual sobre los hechos del caso y crear un archivo histórico accesible a todo el público sobre los hechos del atentado, la investigación, su encubrimiento y el rol de las asociaciones de víctimas.

La CorteIDH también ordenó al Estado que regule la incorporación como evidencia judicial de información de inteligencia y desarrolle un programa de capacitación sobre su utilización, así como dar pleno acceso a las víctimas y a los querellantes a todas las investigaciones e información vinculada con el atentado y su encubrimiento.

La totalidad de los archivos deberán quedar ubicados en un mismo espacio físico, donde se garantice su correcta conservación y además el Estado tendrá que crear un área de análisis de la información de inteligencia desclasificada.

La CorteIDH también ordenó una serie de indemnizaciones compensatorias en favor de las víctimas y sus familiares por los conceptos de daño material e inmaterial.

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