En el Día mundial contra el trabajo infantil, la delegada defensorial en Potosí, Jackeline Alarcón afirmó que como Defensoría del Pueblo realizan el seguimiento, en coordinación con otras instituciones, al trabajo infantil en Potosí, donde además existe una de las peores formas de trabajo infantil—de acuerdo a normas nacionales e internacionales—es el trabajo infantil minero.
“En Potosí, lastimosamente sabemos que hay adolescentes trabajando, especialmente en vacaciones, estamos casi seguros que en el mes de julio, una vez que empiecen las vacaciones invernales, los adolescentes van a venir a trabajar en el Cerro Rico, en Porco y en otras minas que existe en Potosí”, dijo.
Agregó que muchos acuden con sus familiares, padres, hermanos mayores, tíos e incluso en algunos casos, los socios de las cooperativas llevan a los hijos a trabajar en el trabajo minero ingresando al interior para realizar esa labor.
Alarcón recordó que en reuniones anteriores se les ha recordado a los encargados de las cooperativas que el trabajo minero por debajo de los 18 años está prohibido.
Como institución se realiza el seguimiento, sin embargo, el último estudio fue realizado hace casi de una década.
“La coordinación tiene que ser con la Defensoría de la Niñez que es la responsable de hacer las verificaciones, de verificar que realmente haya trabajos en los que los niños pueden trabajar con autorización, tienen que darles las condiciones necesarias, como a cualquier otro trabajador, pero teniendo en cuenta que es una población en vulnerabilidad”, afirmó.
En ese sentido, se debe extremar los esfuerzos para que los menores no trabajen en ocupaciones de alto riesgo como carpinterías, carnicerías y otros.
“La intervención tiene que ser integral y coordinada. La Jefatura departamental de trabajo tiene una unidad específica que hace el seguimiento al trabajo infantil y adolescente, la Defensoría de la Niñez también”, complementó.
No solo el trabajo minero es de alto riesgo, sino que hay otras fuentes de empleo con manejo de equipos riesgosos para la integridad de los menores.
Otro de los aspectos que es necesario socializar es la concienciación a las familias para evitar los riesgos del trabajo nocturno.
“Vemos a muchos niños que están 11 o 12 de la noche vendiendo cigarrillos en la puerta de locales. Es un trabajo que los pone en riesgo permanente”, afirmó.
El trabajo infantil no debería existir, la situación económica de muchas familias orilla a los menores de 18 años de edad a trabajar en las calles desde muy corta edad.
Los datos no son precisos, porque muchas veces el trabajo infantil es fluctuante y suele aumentar en temporada de vacaciones escolares.
PRONUNCIAMIENTO DEFENSORIAL
12 DE JUNIO, DÍA MUNDIAL CONTRA EL TRABAJO INFANTIL
Defensoría del Pueblo exhorta al Estado a cumplir plenamente con su mandato de proteger a las niñas niños y adolescentes de la explotación económica y laboral
El término “trabajo Infantil” es definido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como aquel que priva a niñas y niños de su niñez, potencial y dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico. Según estimaciones de la OIT, en 2020, aproximadamente 160 millones de niños entre 5 y 17 años de edad realizaron trabajo infantil en todo el mundo, de los cuales 79 millones están involucrados en trabajos peligrosos que pueden dañar su salud, seguridad o moral. En Latinoamérica y el Caribe, se estima que 8.2 millones de niños están en situación de trabajo infantil, representando un 6% de todos los niños de la región.
En Bolivia, según datos del Instituto Nacional de Estadística (ENNA - 2016), de los tres millones de niñas, niños y adolescentes, entre 5 y 17 años, 739 mil (24.4%) realizan alguna actividad laboral; mientras que 2.3 millones (75.6%) no trabajan. De los que trabajan, 132 mil tienen entre 5 y 9 años, 271 mil entre 10 y 13 años, y 321 mil entre 14 y 17 años, respectivamente. Esto significa que el 55.66% de esta población laboral es menor de 14 años, siendo esto la edad mínima permitida por el Código Niña, Niño y Adolescente.
Es imperativo entender que el fenómeno del trabajo infantil es complejo y no puede abordarse únicamente desde una sola perspectiva, requiere la corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia, con acciones conjuntas orientadas a mejorar progresivamente las condiciones de vida de esta población. A pesar de que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a estar protegidos contra el trabajo infantil y la explotación económica, aún se observan omisiones que perpetúan la vulneración de sus derechos. Un claro ejemplo es la falta de aprobación y ejecución del “Programa de Prevención y Protección Social para Niñas, Niños y Adolescentes menores de 14 años en actividad laboral” previsto en el art. 126 parágrafo II del Código Niña, Niño y Adolescente.
En este sentido, la Defensoría del Pueblo exhorta al Estado boliviano a cumplir plenamente con su mandato legal de proteger a las niñas niños y adolescentes, en especial de la explotación económica y el desempeño de cualquier actividad laboral o trabajo que pueda entorpecer su educación, que implique peligro, que sea insalubre o atentatorio a su dignidad y desarrollo integral.
En el marco de nuestras competencias constitucionales y legales, la Defensoría del Pueblo seguirá forjando acciones en la defensa y protección de los derechos de la niñez y adolescencia dirigidas al cumplimiento de las obligaciones del Estado en todos sus niveles.
"Los derechos humanos comienzan en la infancia.
Detener el trabajo infantil es un paso crucial”
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